Todo lo que necesitas saber sobre el Modelo 347: Subvenciones Concedidas o Cobradas

¿Qué es el Modelo 347?

El Modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar anualmente las personas físicas y jurídicas residentes en España. Esta declaración tiene como objetivo informar a la Administración Tributaria sobre las operaciones con terceros que hayan superado determinado umbral durante el año fiscal.

¿Quién debe presentar el Modelo 347?

Todas las personas físicas y jurídicas residentes en España, así como las entidades en régimen de atribución de rentas que ejerzan actividades económicas, están obligadas a presentar el Modelo 347 si durante el año fiscal han realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros.

¿Cuándo y cómo se presenta el Modelo 347?

El plazo para presentar el Modelo 347 es durante el mes de febrero de cada año. Es importante tener en cuenta que la declaración debe incluir todas las operaciones realizadas durante el año anterior.

La presentación del Modelo 347 se realiza de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria. Es necesario disponer de un certificado digital o un sistema Cl@ve para poder realizar la presentación.

Subvenciones concedidas o cobradas

Dentro de la declaración del Modelo 347, uno de los apartados más relevantes es el de las subvenciones concedidas o cobradas. En este apartado se deben incluir todas las subvenciones o ayudas recibidas por el contribuyente durante el año fiscal.

Es importante destacar que tanto las subvenciones concedidas como las subvenciones cobradas deben ser informadas en el Modelo 347. Esto significa que no solo se deben incluir las subvenciones que ya se han cobrado, sino también aquellas que se hayan concedido pero aún no se hayan recibido.

¿Cómo se declaran las subvenciones en el Modelo 347?

La declaración de las subvenciones en el Modelo 347 se realiza de forma individualizada, es decir, se debe declarar cada subvención de manera separada. Para ello, se deberá indicar el NIF del beneficiario de la subvención, el importe de la subvención y la fecha en la que se concedió o se cobró.

Además, es importante tener en cuenta que las subvenciones deben ser declaradas independientemente de si están sujetas a retención o no. Incluso las subvenciones exentas de retención deben ser incluidas en el Modelo 347.

Consecuencias de no presentar el Modelo 347

La falta de presentación o la presentación fuera de plazo del Modelo 347 puede conllevar una serie de sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Estas sanciones pueden variar dependiendo del tiempo transcurrido desde la finalización del plazo de presentación y de la existencia de requerimientos previos por parte de la Administración.

Es importante resaltar que las sanciones pueden suponer una cuantía económica considerable, por lo que es fundamental cumplir con la obligación de presentar el Modelo 347 dentro del plazo establecido.

¿Es obligatorio presentar el Modelo 347 si no he realizado operaciones con terceros?

No, si durante el año fiscal no has realizado operaciones con terceros que superen el umbral establecido, no estarás obligado a presentar el Modelo 347.

¿Debo incluir en el Modelo 347 las operaciones realizadas con particulares?

No, el Modelo 347 se refiere únicamente a las operaciones realizadas con terceros que sean empresarios o profesionales. Las operaciones realizadas con particulares no deben ser incluidas en esta declaración.

¿Qué sucede si me equivoco al presentar el Modelo 347?

En caso de cometer errores al presentar el Modelo 347, es posible realizar una declaración complementaria para corregirlos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la presentación de la declaración complementaria no exime de las posibles sanciones por la presentación incorrecta o fuera de plazo del modelo.

¿El Modelo 347 es lo mismo que el 390?

No, el Modelo 347 y el Modelo 390 son declaraciones informativas distintas. El Modelo 347 se utiliza para informar sobre las operaciones con terceros que hayan superado el umbral establecido, mientras que el Modelo 390 es una declaración resumen anual de IVA.

¿Puedo presentar el Modelo 347 en papel?

No, la presentación del Modelo 347 debe realizarse de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria. No es posible presentar este modelo en papel.